CASO CELILIA LAZCANO.
ANALISIS DEL REPORTAJE AL FISCAL FACUNDO CABRAL POR PARTE DE IMPACTO CORRIENTES.
A partir de las declaraciones brindadas por el fiscal Facundo Cabral en el reportaje concedido al medio Impacto Corrientes, la entrevista dejó al descubierto una serie de cruces técnicos, procesales y políticos sobre la causa que investiga el brutal homicidio de Cecilia Lascano.
En el transcurso del reportaje, el periodista de Impacto Corrientes interpeló al fiscal sobre diversos puntos oscuros de la investigación, obteniendo precisiones y defensas por parte del funcionario judicial:
La resolución de la medida de coerción y la falta de tobillera: Ante la consulta sobre la situación de la persona imputada —cuya identidad se resguarda por tratarse de un menor de edad—, quien cumple prisión domiciliaria por tres meses, el fiscal justificó que la jueza resolvió directamente sobre los elementos ya reunidos sin necesidad de una nueva audiencia tras declararse una nulidad previa. Asimismo, consultado sobre la ausencia de control electrónico, Cabral admitió que no se utilizó tobillera debido a que este recurso es excepcional y prácticamente inexistente dentro de los medios disponibles de la jurisdicción.
El cuestionamiento sobre la utilidad de las audiencias: Durante el reportaje se interpeló al fiscal sobre el sentido de convocar a una audiencia formal cuando el desenlace y la resolución ya parecían estar definidos de antemano, saliendo a la luz el cuestionamiento de que la información sobre la decisión judicial ya circulaba en los medios y en las redes sociales la noche anterior a que la audiencia siquiera se llevara a cabo.
El coimputado menor y la nueva ley penal juvenil: El cronista consultó por el tratamiento del coimputado menor de edad. El fiscal explicó que se le impuso una medida supletoria del código anterior (resguardo institucional bajo reglas de conducta por un año) y anticipó que esto será revisado urgentemente por la entrada en vigencia del nuevo régimen procesal y penal juvenil, el cual prioriza la resocialización y establece un límite máximo de pena de 15 años.
La tipificación del delito: Ante las dudas iniciales instaladas en la opinión pública, el fiscal ratificó firmemente que se trata de un homicidio planificado, descartando de plano la hipótesis de suicidio que había circulado en los primeros momentos y buscando la máxima severidad para el grave delito cometido.
El reclamo por el "hostigamiento" mediático y las filtraciones: Durante la entrevista, el fiscal cuestionó con dureza el clima de sobreexposición, sospecha y el supuesto "hostigamiento" hacia los operadores judiciales, señalando presiones externas y apuntando a filtraciones de información sensible que habrían entorpecido medidas iniciales de la investigación.
Ante esta postura institucional que recrimina la magnitud de la cobertura y califica de hostigamiento el trabajo de la prensa, surge un interrogante ineludible planteado desde el análisis periodístico: si la causa hubiera reflejado rigurosidad, veracidad y respuestas claras desde el primer momento, la masiva exposición pública no habría alcanzado semejantes niveles de exigencia. Los medios de comunicación y las productoras regionales cumplen un rol fiscalizador y de altavoz social que responde directamente a las deficiencias o al hermetismo en la investigación, operando como un canal legítimo para visibilizar el reclamo de justicia por el crimen de Cecilia Lascano.
Cada sector cumple un rol institucional diferenciado dentro del sistema democrático. Así como la justicia tiene la obligación de investigar con objetividad y apego a derecho, la prensa tiene el derecho y la responsabilidad de informar, cuestionar y reflejar el descontento social amparada en la libertad de expresión, siendo el escrutinio público una herramienta fundamental frente a la desconfianza generalizada en las instituciones