LA CORTE SUPREMA ORDENÓ ELIMINAR PUBLICACIONES ANÓNIMAS Y ENTREGAR DATOS DE SUS AUTORES

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió un caso que vuelve a poner en discusión los límites de las publicaciones anónimas en redes sociales y su relación con el derecho a la intimidad y la defensa de las personas señaladas públicamente.

El máximo tribunal ordenó a Facebook Argentina eliminar determinadas publicaciones difundidas tanto en Facebook como en Instagram en las que un estudiante de la Universidad Nacional de La Plata aparecía identificado y era acusado de ser “abusador”, entre otras expresiones.

Además de ordenar el retiro de los contenidos cuestionados, la Corte dispuso que la empresa proporcione la información disponible que permita identificar a los titulares de las cuentas desde las cuales fueron difundidas las publicaciones.

El caso se inició cuando el estudiante recurrió a la Justicia mediante una acción de hábeas data. El conflicto llegó posteriormente a la Corte Suprema luego de que una instancia anterior rechazara el pedido.

El máximo tribunal analizó la tensión existente entre la libertad de expresión, el anonimato en internet, el derecho al honor, la intimidad y el derecho de defensa.

Un punto importante del fallo es que la Corte no determinó si las acusaciones difundidas eran verdaderas o falsas. La decisión estuvo relacionada con la forma en que fueron difundidas, la identificación del afectado y las dificultades que generaba el anonimato para ejercer su derecho de defensa.

La resolución corresponde a este caso concreto y no establece una prohibición general de todas las denuncias o publicaciones anónimas en redes sociales.

El fallo constituye, de todos modos, un antecedente relevante para futuras discusiones judiciales relacionadas con publicaciones en redes, anonimato y derechos individuales.

Redacción Contenidos Libres


 

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